¿Puedo reclamar que me abonen la parte del Internet si teletrabajo desde mi domicilio?
Cualquier autónomo tiene la oportunidad de atribuir como desembolso parte del mobiliario y los servicios que le posibiliten proceder con su trabajo desde el domicilio. De esta forma, puede utilizar parte de los recibos de luz, teléfono y los recibos de red como gastos relacionados con sus actividades profesionales. Pero, ¿qué pasa cuando hablamos con empleados que trabajan desde casa? Al no exigir devoluciones de IVA trimestrales o anuales, lo único que puede hacer es intentar que la empresa pague estos suministros por usted y comprenda que son necesarios para realizar las tareas del trabajo. ¿Está la empresa obligada a hacerlo?
La legislación actual no es muy clara. Este tema «será uno de los requisitos de la nueva normativa de teletrabajo, porque el contrato de teletrabajo requerirá una lista de al menos lo siguiente: herramientas, equipos, entre otros; incluyendo: los trabajadores están de acuerdo y la forma cuantitativa que debe pagar la empresa».
En otras palabras, en teoría, las empresas estarán obligadas a pagar los servicios de Internet y otras tarifas. Sin embargo, la nueva ley de teletrabajo no especifica en qué medida esta obligación afecta a la empresa, debiendo ser regulada «mediante un convenio entre el trabajador y la empresa» en cada caso concreto. Si bien en el borrador la empresa no está obligada a pagar todos los gastos directos e indirectos (no especificados), se debe llegar a un acuerdo entre las partes (trabajadores y empresa) para regular dichos gastos. »
El paquete premium no está disponible
Por poner un ejemplo práctico: si un trabajador paga 45 euros al mes por los servicios de Internet y telefonía a domicilio, es lógico que la empresa acepte abonar esta cantidad o casi la totalidad todos los meses, porque esta es la herramienta básica para desarrollar su trabajo. Sin embargo, el futuro borrador de la ley de teletrabajo no especifica un monto o porcentaje específico, por lo que uno de los posibles conflictos que pueden ocurrir es que el trabajador alquile un paquete de servicios premium a su proveedor de Internet.
Esto es común: a través de paquetes «todo incluido», los proveedores de Internet incluyen no solo fibra (o ADSL) y teléfonos fijos, sino también otras líneas móviles u otras funciones, como datos extendidos para teléfonos inteligentes o servicios de transmisión de TV. Contratar este tipo de servicios al mismo tiempo tiende a reducir los costos de los usuarios, pero si hablamos de teletrabajo, causarán un problema real, porque en teoría, la empresa no tiene que pagar a los trabajadores las tarifas de Netflix o HBO como estipula el contrato a pesar de que lo incluya.
Continuando con el ejemplo anterior, ¿qué sucede cuando un trabajador firma un paquete premium con una tarifa mensual de 100 euros? ¿Puede la empresa obligar a los empleados a cambiar de empresa o reducir los salarios?
Si la empresa paga, se convertirá en una parte más indispensable del acuerdo, en cuyo caso podrá hacerlo. Firma contratos directamente con otros proveedores. Otra opción es que la empresa y el trabajador se pongan de acuerdo en quedarse con el paquete y pagar únicamente los gastos requeridos para el trabajo: Internet y cargos telefónicos en su caso.
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